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Noticias Nacionales

¿por qué BCU instruyó a Zambrano a dejar de ofrecer inversión?

todayseptiembre 14, 2025

Fondo


Montevideo Portal

El pasado jueves, la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay (BCU) hizo pública una resolución en la que instruía a las empresas Gerardo Zambrano & Cía. y a Servicio de Mejoras de Gestión a cesar el ofrecimiento del producto denominado Tracker Certificate on Agrocapital —difundido en el mercado como “Oportunidades forestales” o “Agrocapital Forestal”—.

En el informe, al que accedió Montevideo Portal, el ente regulador concluyó que el producto ofrecido se trataba de una “oferta pública de valores realizada sin autorización” y que el instrumento no estaba inscripto en el Registro de Valores del BCU, una condición obligatoria para ser ofrecido en nuestro país.

El producto Tracker Certificate on Agrocapital fue emitido en setiembre de 2024 por Genspv PCC Limited, una firma cuya sede está en la isla de Guernsey —un territorio británico en las costas de Francia—, y está listado en la Bolsa de Viena. Tenía un monto máximo de US$ 15 millones y como activo subyacente las acciones de Agrocapital FFS Limited, una sociedad con domicilio fiscal en Islas Vírgenes Británicas.

Dicha investigación de la SSF comenzó en diciembre de 2024, cuando se detectó que en las páginas web de Zambrano & Cía. y su subsidiaria Agrocapital se promocionaban varios productos bajo la modalidad “Oportunidades” (ganaderas, agrícolas, forestales, inmobiliarias) y cuya publicidad aparecía en medios de comunicación.

En ese momento, el BCU advirtió a Zambrano que debía abstenerse de utilizar expresiones como “fondo de inversión” sin autorización, recordando que el uso de esa denominación está reservado exclusivamente a los instrumentos creados bajo la Ley de Fondos de Inversión (N° 16.774).

Durante el proceso, la empresa presentó varios descargos, entre los que alegaron que Agrocapital pertenece a Servicio de Mejoras de Gestión S.A.S. y que Zambrano & Cía. solo brindaba un “respaldo” sin ofrecer directamente los productos, pero el BCU desestimó todos los argumentos.

“La comunicación al mercado constituye una medida prudencial de velar por la transparencia, la competitividad y el funcionamiento ordenado del mercado de valores, por la adecuada información a los inversionistas y por la reducción del riesgo sistémico”, finaliza la resolución.

Montevideo Portal





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Escrito por hiperactivafm


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