Por Joaquín Symonds
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El 31 de octubre de 2025, el síndico Alfredo Ciavattone, en su calidad de custodio de la herencia del fallecido fundador de Conexión Ganadera, Gustavo Basso, solicitó la enajenación de cinco automóviles que se encuentran bajo titularidad de la familia.
Entre los argumentos expuestos ante la Justicia, Ciavattone sostuvo que los vehículos en cuestión representan un gasto mensual de US$ 73.000, considerando únicamente el pago de seguros y patente de rodados.
Los bienes cuya enajenación fue solicitada —y posteriormente aceptada por la Justicia— se encuentran en desuso y representan para la sindicatura un escollo, dado que implican un gasto adicional en el marco de los más de diez concursos que Ciavattone administra únicamente en la causa de Conexión Ganadera, según surge de un documento presentado por el penalista Santiago Alonso.
Ante esta situación, la defensa de Daniela Cabral —viuda de Basso e imputada por estafa— presentó un recurso de reposición en el que se opone a la decisión judicial. En el escrito, al que accedió Montevideo Portal, los abogados Eduardo Sassón y Pablo Donnángelo sostienen que “resulta curioso que un juez, sin que nadie se lo pida, disponga el levantamiento de los embargos para favorecer la posición de un tercero en el marco de un proceso que le es ajeno”.
“Pero como el proceso penal en Uruguay está regido por normas, la decisión recurrida resulta tan asombrosa como arbitraria”, agregaron.
Según la versión de los defensores de Cabral, la Justicia dispuso el remate de los vehículos sin que lo solicitara “ni el síndico del concurso que se tramita en otra sede ni la Fiscalía”. Sassón y Donnángelo añadieron que fueron notificados de la resolución judicial el 23 de diciembre.
Asimismo, cuestionaron a Ciavattone por haber solicitado, “sin esperar a que el decreto adquiriera firmeza”, la habilitación de la feria judicial para librar el oficio a la Dirección General de Registros y así comunicar el levantamiento de los embargos. “La sede accede a lo peticionado de forma apresurada, pues lo hace aun cuando pende el plazo para que el decreto pase a autoridad de cosa juzgada”, añade el texto.
Los penalistas recordaron que Ciavattone “está actuando bajo su propia responsabilidad”, dado que, si el Tribunal de Apelaciones le da la razón a la familia Basso, “deberá responder por los daños y perjuicios”.
En cuanto a los fundamentos esgrimidos por el síndico, la defensa de Cabral afirmó que “resulta una falacia” que el paso del tiempo sea un enemigo para los damnificados. “Porque, si no, qué explicación tiene que haya solicitado prórroga para verificar los créditos en el expediente concursal y, concomitantemente, se haya ido de viaje a Italia a gozar de sus merecidas vacaciones”, señalaron.
En respuesta
El penalista Santiago Alonso elevó un oficio al Juzgado de Crimen Organizado, tras lo planteado por Donnángelo y Sassón, en el que afirmó que la subasta de los cinco vehículos ya había sido autorizada en setiembre de 2025 por el Juez Letrado de Concursos de 1.º Turno.
“El artículo 74 de la Ley de Concursos no plantea la posibilidad de apelación respecto de la decisión sobre la venta anticipada de bienes de fácil deterioro o de difícil o costosa conservación. Ello tiene absoluta lógica, en tanto una hipótesis contraria haría imposible el cumplimiento de un precepto legal de neto contenido accesorio, tendiente a la mejor conservación de la masa activa del concurso. Tampoco prevé la apelación de esta decisión el artículo 252”, recordó Alonso al citar los fundamentos del magistrado.
El abogado también respondió a los cuestionamientos sobre el tiempo transcurrido como “enemigo” de los damnificados de Conexión Ganadera. “Constituye una absoluta inexactitud, en tanto la lista de acreedores y el inventario de la masa activa correspondientes a la verificación de créditos de la herencia de Basso fueron presentados el 5 de noviembre de 2025, honrando los plazos definidos por la Ley de Concursos”, sostuvo.
Por último, aseguró que Ciavattone no solicitó ninguna prórroga, por lo que Cabral “está absolutamente al tanto, ya que incluso presentaron sendos escritos haciendo expresa alusión a este libelo del síndico”.
Por Joaquín Symonds
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