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El fiscal Enrique Rodríguez, subrogante del fiscal Alejandro Machado, ahora en la Fiscalía de Lavado de Activos, será quien se ocupe del reexamen del caso en un plazo de 20 días para resolver, a partir de ese estudio, si desarchiva o no la denuncia. Uno de los aspectos que se analizará es la licitación abreviada a la que llamó la actual administración de Antel para elaborar el informe de aseguramiento en el que se basó, finalmente, la denuncia.
La licitación abreviada apuntó a auditar los costos totales del complejo Antel Arena, pero la empresa Ecovis elaboró un informe de aseguramiento que se fundamenta en normas distintas a las auditorías. En tanto, tras el archivo del fiscal Machado se pudo conocer que las propias bases del llamado a licitación abreviada, establecían cómo el auditor debía llegar al cálculo final del costo del complejo. Ante este punto, el fiscal indicó en el archivo que “va de suyo que es el auditor el que debería calcular sin condicionamientos y en forma aséptica dicho costo y explicitar los parámetros empleados”. Además, en la licitación abreviada encargada por Gurméndez establecía de antemano que había existido un desvío en los montos totales de inversión final –continuó el fiscal Machado en su dictamen– respecto de la estimación inicial anunciada de USD 40.000.000. Por tanto, las bases del pliego de licitación no consideraron “los tres escenarios previstos en el propio Plan de Negocios del Antel Arena”.
El informe de aseguramiento fue realizado por el contador Marcelo Caiafa, socio de la empresa Ecovis, quien ha expresado públicamente ser militante del Partido Nacional. Caiafa facturó alrededor de 2 millones de pesos por elaborar el informe que aparentaba ser una auditoría.
En la audiencia que se llevó adelante el 5 de abril pasado, cuando Antel solicitó al juez Alejandro Asteggiante reexaminar el archivo resuelto en febrero, uno de los puntos que cuestionó el fiscal Machado fue la auditoría interna de Antel del 28 de julio de 2020 elaborado por las contadoras ACM y CM. El resultado de la auditoría interna, como lo informara en setiembre pasado Caras y Caretas, concluyó que las adjudicaciones correspondieron a las propuestas más convenientes. Sin embargo, esa auditoría interna no fue aportada por la administración del ente junto a su denuncia.
“El informe elaborado por las auditoras de Antel fue objetado sin evidencia alguna por el Cr. Caiafa, quien señaló que lo cuestionó por supuesta falta de independencia”, indicó en su dictamen el fiscal Machado.
Sin embargo, sostuvo el fiscal tras su investigación, “ambas contadoras tienen cargos de auditoras expertas en la propia división Auditoría de Anatel, cargos que desempeñan desde hace más de veinte años sin objeciones ni cuestionamientos. Además una de las contadoras, de iniciales ACM, es docente de la materia Auditoría Interna en la Universidad de la República y actualmente es la presidenta del Instituto Uruguayo de Auditoría Interna”. El fiscal sostuvo que “de existir algún cuestionamiento por el desempeño de sus cargos –auditoras internas–, las actuales autoridades del servicio habrían iniciado una investigación administrativa o las habrían reubicado en otras reparticiones de Antel”.
Luego de la investigación, el fiscal Machado señaló que “ni una sola empresa denunció que alguno de los llamados fuera amañado o similar”.
El delito de abuso de funciones será analizado por el fiscal designado para el reexamen del archivo, Enrique Rodríguez. En este delito, previsto en el artículo 162 del Código Penal, se basó la denuncia encabezada por Gabriel Gurméndez. En su dictamen, el fiscal Machado concluyó que debe diferenciarse la resolución del Tribunal de Cuentas que observó –por mayoría– el convenio entre la Intendencia y Antel para la construcción del complejo, de un acto de arbitrariedad.
La resolución del Tribunal de Cuentas “no implica que los indagados, con abuso de su cargo, hayan actuado con arbitrariedad en perjuicio de la Administración o de los particulares”.
El fiscal Machado también detalló en qué consiste el delito de abuso de funciones que denunció la actual administración de Antel. Machado indicó “que jurídicamente es una cuestión absolutamente opinable determinar si Antel se encontraba habilitada para abocarse a la construcción del citado complejo multifuncional en el marco de un proyecto de marketing y publicidad, pero es precisamente por ello, que debe descartarse la arbitrariedad que reclama el delito denunciado.
Obviamente que la conclusión sería otra si las consultas jurídicas realizadas a prestigiosos constitucionalistas, como así también a renombrados estudios especializados en Derecho Administrativo, hubieran establecido que de conformidad con el principio de especialidad –previsto en el artículo 190 de la Constitución– Antel y la Intendencia de Montevideo no se encontraban habilitadas constitucional ni legalmente para suscribir el convenio en cuestión”.
Del total de 11 informes solicitados por Antel y la Intendencia de Montevideo desde el año 2013 para conocer sobre la legalidad de la construcción del complejo en terreno municipal –donde antes se encontraba el Cilindro–, todos los informes, incluidos el Instituto de Derecho Constitucional de la Udelar y la consultora KPMG, coincidieron en la legalidad del convenio entre la Intendencia y el ente de las telecomunicaciones.
Escrito por hiperactivafm
todaynoviembre 29, 2024
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