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El próximo viernes 19 de abril se conmemora el desembarco de los Treinta
y Tres Orientales, llamada también Cruzada Libertadora.
Según la web de Uruguay Educa, perteneciente a la ANEP, “ha sido
considerado por distintos historiadores como uno de los acontecimientos más
importantes de nuestra historia”.
Se trata de un feriado laborable, y, por tratarse de un viernes, se
correrá para el próximo lunes 22 de abril.
La Ley 16.805, de
24 de diciembre de 1996, y su modificativa, Ley 17.414, de 8 de noviembre de
2001, establecen que los feriados declarados por ley siguen un régimen que
depende cada año de en qué día de la semana caen.
“Si coincidieran el
sábado, domingo o lunes, se observarán esos días; si ocurrieran en martes o
miércoles, se observarán el lunes inmediato anterior; si ocurrieren en jueves o
viernes, se observarán el lunes inmediato siguiente”, dice el texto legal. Este
último es el caso de lo que se sucede esta semana.
Todo esto para fomentar el turismo.
Por otro lado, los
feriados no laborables quedan exceptuados de este régimen y no se corren. Estos
son: los feriados de Carnaval y Semana de Turismo y los correspondientes al 1º
y 6 de enero, 1º de mayo, 19 de junio, 18 de julio, 25 de agosto, 2 de
noviembre y 25 de diciembre.
En cuanto a la
remuneración en el caso de este feriado laborable que queda para el 22 de
abril, el trabajador que gana salario por día no cobra su jornal. Mientras que
el mensual cobra el mismo sueldo de siempre. Si se trabaja, el jornalero
cobrará por ese día, pero al mensual no se le paga más de la cantidad fija.
A fines de agosto
de 2021 el Ejecutivo presentó al Parlamento un proyecto de ley de artículo
único para derogar el corrimiento de los feriados. “Derógase la Ley N° 16.805,
de 24 de diciembre de 1996”, reza el artículo, que sigue en Diputados desde
entonces.
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