play_arrow

keyboard_arrow_right

Listeners:

Top listeners:

skip_previous skip_next
00:00 00:00
chevron_left
  • play_arrow

    Hiperactiva Escucha a diario toda la música de moda, con los grandes éxitos de conocidos artistas internacionales, en esta emisora online que retransmite al resto del mundo desde Minas de Corrales, Uruguay.

Noticias Nacionales

BPS comienza devolución de aportes por Fonasa, ¿a quiénes le corresponde?

todayseptiembre 1, 2024

Fondo


Montevideo Portal

A partir de este viernes 6 de setiembre de 2024, quienes
tengan usuario personal online del Banco de Previsión Social, podrán acceder al
monto y cálculo de su devolución de aportes al Fondo Nacional de Salud (Fonasa)
correspondiente al 2023 a través del servicio web.

Quienes no cuenten con usuario personal de BPS podrán
consultar únicamente si les corresponde devolución, por teléfono al: 1997 en
Montevideo, o 21997 desde el Interior. O por o WhatsApp, al: 098 00 19 97.

Desde el 23 de setiembre de 2024 la devolución Fonasa se
podrá cobrar mediante depósito en una cuenta bancaria o un instrumento de
dinero electrónico (MiDinero, DeAnda, Prex u OCA Blue) o presentándose con su
documento de identidad en Abitab, Redpagos, ANDA, supermercados El Dorado o en Tesorería
de BPS (Colonia 1851, planta baja).

¿A quiénes les corresponde la devolución?

De acuerdo con BPS, podrán tener devolución por el año 2023 los
trabajadores con ingresos promedio mensuales superiores a $ 105.847 nominales,
y los jubilados o pensionistas con ingresos promedio mensuales superiores a $
114.667 nominales.

El cálculo de la devolución surge de comparar los aportes
personales Fonasa (de enero a diciembre) con dicho tope anual.

¿Qué aportes se consideran? ¿De dónde surge el tope?

Se consideran los aportes personales Fonasa que realizan los
trabajadores dependientes o no dependientes (titulares de empresas
unipersonales y de servicios personales), jubilados y pensionistas. Las tasas
de aporte varían según la situación familiar y los ingresos.

Asimismo, el tope anual surge de la suma del costo promedio
equivalente (CPE) mensual (considerando el valor del ejercicio a calcular),
incrementada en un 25 %, correspondiente al beneficiario y a quienes este
atribuye amparo (personas menores de edad, mayores con discapacidad y cónyuge o
concubina/o). Se deben considerar exclusivamente los meses del ejercicio en los
cuales la persona fue beneficiaria.

¿Por qué se retiene IRPF?

Se retiene el impuesto a la renta de las personas físicas
(IRPF) a los contribuyentes comprendidos en este gravamen, debido a que los
importes a cobrar por concepto de devolución Fonasa son aportes personales que
fueron considerados como deducciones para la determinación del impuesto.

Al cálculo de los ejercicios 2011 a 2015, se aplica una
retención del 20 %, según la resolución 575/012 de DGI, del 21 de marzo de
2012. Desde el ejercicio 2016, se aplica una retención del 8 %, de acuerdo con
la resolución 3148/017 de DGI, del 26 de mayo de 2017.

Más sobre la devolución

El BPS detalló también que quienes hayan realizado la opción
de depósito en cuentas bancarias o instituciones emisoras de dinero electrónico
hasta las 18:00 horas del 18 de setiembre, cobrarán el lunes 23 de
setiembre.  Quienes realicen la
afiliación con posterioridad, recibirán el depósito a partir de las 72 horas
hábiles de efectuada la opción.

Quienes no hayan optado por el depósito en cuenta bancaria o
dinero electrónico podrán cobrar la devolución según un calendario que se puede
chequear en el siguiente link: https://www.bps.gub.uy/10573/devolucion-fonasa.html

Montevideo Portal





Source link

Escrito por hiperactivafm


0%