Montevideo Portal
La Red Uruguaya Contra la
Violencia Doméstica y Sexual, entre otros colectivos feministas, están promoviendo
“una acción en redes de
defensa de la Ley 19.580” de violencia basada en género.
Esto en respuesta a
dos proyectos de ley que buscan modificarla presentados en marzo en el Parlamento,
uno de Cabildo Abierto y otro propuesto por el diputado colorado Gustavo Zubía.
En un posteo
realizado en redes sociales por la trabajadora social y activista Andrea Tuana,
la directora de la ONG El Paso escribió: “Con varios colectivos estamos
promoviendo una acción en redes de defensa de la Ley 19.580. ¡Quienes puedan
sumarse poniendo su logo, personalizando la placa o compartiendo, sería muy
importante!”.
Con varios colectivos estamos promoviendo una acción en redes de defensa de la Ley 19580. Quienes puedan sumarse poniendo su logo, personalizando la placa o compartiendo, sería muy importante!!! Es de todas la preocupación, será de todas la defensa #La19580SeDefiende https://t.co/ftXMLPScGl
— Andrea Tuana (@TuanaAndrea) March 31, 2024
A esto
agregó: “Es de todas la preocupación, será de todas la defensa #La19580SeDefiende”.
Ambos
textos plantean cambios en el artículo 3 de la actual legislación, que
establece que “en caso de conflicto o duda sobre la aplicación de las
disposiciones contenidas en la presente ley, prevalecerá la interpretación más
favorable a las mujeres en situación de violencia basada en género”.
Sobre este,
en el texto de Cabildo hay una derogación completa. En tanto, el diputado colorado propone que en
los casos de duda se cambie por el siguiente texto: “Se seguirá la
interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia basada en
género, salvo que se acredite prueba en contrario”.
Asimismo,
ambos proyectos proponen un cambio en la “valoración de la prueba”. En este
caso, la ley sostiene que “el silencio, la falta de resistencia o la historia
sexual previa o posterior de la víctima de una agresión sexual, no deben ser
valorados como demostración de aceptación o consentimiento de la conducta”.
Sin
embargo, la propuesta de Zubía sustituye el texto por el siguiente: “El
silencio, la falta de resistencia o la historia sexual previa o posterior de la
víctima de una eventual agresión sexual serán prudentemente analizados para
valorar o no la conducta en cuestión”.
Cabildo
Abierto va a por el artículo 8, inciso H, que establece los derechos de las
mujeres víctimas de violencia en los procesos administrativos o judiciales.
El inciso
original consagra el derecho a que el testimonio “no sea desvalorizado en base
a estereotipos de género sustentados en la inferioridad o sometimiento de las
mujeres, o en otros factores de discriminación tales como la edad, la situación
de discapacidad, la orientación o identidad de género, el origen étnico racial,
la pertenencia territorial, las creencias o la identidad cultural”. La
modificación establece el derecho “a que su testimonio sea valorado conforme a
lo establecido en el artículo 46 inciso 2 de la presente ley”.
Además,
Cabildo Abierto agrega un nuevo artículo en el que se incorpora el delito de
simulación y calumnia de violencia de género. “La supuesta víctima y/o
cualquier persona que, utilizando fraudulentamente, la calidad de persona
protegida, por los principios establecidos en la presente ley, y a sabiendas
denuncie, simule o declare la presunta comisión de un delito violencia de
género contra ella, sus familiares o cualquier otra persona, de forma que se
proceda a la iniciación de un procedimiento judicial a ese respecto, será castigado
con tres a seis meses de prisión”, dice el texto.
Sobre este
punto, la exposición de motivos afirma que “es necesaria la tipificación
específica de un delito de calumnia y simulación que frene la utilización de la
denuncia como último recurso para hacer daño a otra persona y asestarle un
golpe que, desde el comienzo, se sabe que será certero”.
Montevideo Portal