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todayabril 29, 2024
Los animales de compañía de los humanos “deben ser el perro, el gato y, eventualmente, un canario o un pececito”, subraya el médico veterinario Juan Enrique Romero. “El mascotismo de las especies silvestres favorece el tráfico ilegal de fauna, el tercer tráfico ilegal de la Argentina, que mueve algo más de diez millones de dólares por año”, señaló en Infobae.
El veterinario destaca una frase que resume su cruzada contra el mascotismo -un concepto asociado al consumo de especies salvajes como fetiche o talismán de los humanos- que cosifica a los seres vivos y los aleja de su hábitat natural: “Los animales silvestres sin dueño, los animales domésticos con dueño responsable”.
Además, el tráfico de vida silvestre en la Argentina y en el mundo afecta la conservación de la biodiversidad. Desde la ONG Neotropical Primate Conservation Argentina (NPC) explican que “más de 100 especies de aves, 20 de reptiles y 15 de mamíferos de nuestro país son las más afectadas por el tráfico de fauna. De todas ellas, unas 20 están bajo alguna categoría de amenaza, tanto a nivel nacional como internacional”. La mayoría de ellos son aves como el tucán, felinos como el puma, y primates.
La Ley 22.421 de Conservación de la Fauna protege a los animales silvestre y regula: “la captura o destrucción de las crías, huevos y guaridas; la tenencia, posesión, tránsito y comercio de los animales y sus productos; la prohibición de importar e introducir animales vivos, semen o embriones, huevos o larvas que puedan ser perjudiciales; la prohibición de dejar en libertad sin autorización a animales silvestres en cautiverio”.
Por “fauna silvestre” se considera a los animales que “viven libres en ambientes naturales o artificiales, independientes del hombre; viven bajo el control del hombre pero son bravíos o salvajes; los domésticos que por distintas razones vuelven a la vida salvaje convirtiéndose en cimarrones”.
Por ende, no es recomendable ni legal intentar tener en la casa a ningún animal que no sea considerado doméstico.
Se considera animales domésticos que pueden estar en ambientes urbanos a los perros, gatos, ciertas aves, algunos roedores o reptiles (tortugas), y peces. Esto es así con el fin de resguardar la integridad de estos seres vivos y cuidar sus roles en el ecosistema.
Desde la organización Wildlife Conservation Society (WCS) Argentina, advierten que en nuestro país miles de aves, mamíferos, reptiles, anfibios y peces, son víctimas del comercio ilegal de fauna silvestre cada año.
“Se trata de un delito que pocos tienen presente. Monos, aves como el tucán, papagayo, y aves pequeñas ornamentales como el cardenal amarillo, lagarto overo, tortuga de tierra y tatú carreta, encabezan la lista de especies que son sacadas del país para ser vendidas como mascotas de lujo o para integrar exclusivas colecciones”, alertan desde WCS.
En el país hay varias leyes que regulan la interacción entre las personas y los animales, y protegen a la fauna. Se basan en el artículo 41 de la Constitución Nacional que declara al ambiente sano como un derecho del cual deben disfrutar los habitantes, y este implica “la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica”.
La Ley 14.346) de 1954 prohíbe y pena el maltrato hacia los animales, y es conocida como Ley Sarmiento. Su nombre se debe al papel que jugó el ex presidente argentino en la protección de la fauna, ya que fue el primer presidente de la Sociedad Protectora de Animales.
Por otro lado, la Ley de Conservación de Fauna y su reglamentación a través del decreto 666/1997 se enfocan en la conservación de la fauna, y la protegen de la caza, ya sea “deportiva, comercial, de control de especies declaradas perjudiciales, con fines científicos, educativos culturales, para exhibición zoológica, o con el propósito de adquirir individuos o especímenes para los establecimientos de criaderos o cotos de caza”. En relación con las carreras de perros, la Ley 27.330 aclara que está práctica es ilegal.
Todos los 29 de abril se celebra en el país una conmemoración no solo a los animales, sino también a Ignacio Albarracín. Fue abogado y uno de los principales impulsores de la Ley 2.786, que prohibía el maltrato hacia animales. También se destacó por haber sido secretario y segundo presidente de la Sociedad Argentina Protectora de los Animales.
En 1908 había propuesto que se realice un festejo el 29 de abril en Buenos Aires al cual llamó “Fiesta del Animal”. Trágicamente, falleció exactamente 18 años después ese mismo día a sus 75 años.
Este día es importante para tomar conciencia sobre el efecto que tienen las acciones humanas en el ecosistema y en la vida de los animales, con el fin de mejorar esta relación interespecífica.
Written by: hiperactivafm
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