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todaymarzo 17, 2024
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es una pieza fundamental en la vida de los peruanos, pues no solo proporciona información crucial sobre su identidad, sino que también simplifica una serie de trámites tanto a nivel nacional como internacional. Al llegar a la mayoría de edad, los ciudadanos peruanos experimentan cambios en su DNI.
Además de conferir el derecho al voto al cumplir los 18 años, el DNI se convierte en un requisito esencial para una amplia gama de procedimientos y para identificarse en diversas instituciones, tanto dentro como fuera del país. Para los menores de 17 años, poseer un DNI válido y actualizado es importante para acceder a servicios básicos de salud, educación y a los programas sociales ofrecidos por el Estado.
Es común que muchos peruanos prefieran el DNI azul una vez cumplidos los 17 años, mientras que los menores tienen la opción del DNI amarillo. Sin embargo, en los últimos años ha surgido un tercer tipo de documento que está ganando popularidad rápidamente: el Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe).
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) anunció a través de sus redes sociales que el número asignado al primer DNI permanecerá constante durante toda la vida del ciudadano, incluso al tramitar el DNI de mayor de edad.
Según lo indicado por la institución, el único cambio que experimentará el DNI al cumplir la mayoría de edad es el color del documento, que pasa de amarillo a azul. Además, se añadirán algunos datos complementarios, como la constancia de sufragio, el grupo de votación y la opción de donación de órganos.
Esta medida busca simplificar el proceso para los ciudadanos, manteniendo la continuidad en la identificación a lo largo de su vida y facilitando la realización de trámites y actividades que requieran el uso del DNI.
La jefa nacional del Reniec, Carmen Velarde Koechlin, comentó en declaraciones a Andina: “Esperamos que nuestros megacentros de impresión estén listos en abril, máximo en mayo, y a partir de ahí decir ‘no más DNI azul, no más DNI amarillo’, solo se imprimirá el DNI electrónico”.
Velarde Koechlin añadió que el DNI azul seguirá siendo válido hasta su fecha de caducidad, pero en los próximos meses la emisión estará enfocada exclusivamente en el DNI electrónico (DNIe), el cual ofrece mayor seguridad y la conveniencia de realizar trámites en línea.
Por lo tanto, si tu DNI azul se extravía o vence después de la implementación de esta medida, será necesario tramitar la versión electrónica, ya que será la única opción de identificación personal disponible.
Bajo la premisa de un cambio gradual y sin perjudicar a los titulares de documentos nacionales de identidad (DNI) en vigencia, la funcionaria a cargo señaló que la migración total hacia el DNI electrónico (DNIe) no puede ser abrupta. Según sus declaraciones, hay individuos que aún cuentan con el DNI azul y amarillo, los cuales tienen una validez de ocho años.
“No podríamos perjudicar a estas personas y decirles que ese documento ya no es válido. Entonces, los DNI azules y amarillos irán saliendo del mercado conforme vayan venciendo. Está proyectado que en el 2024 caducarán dos millones 600 mil DNI”, afirmó.
Al abordar la proyección sobre la expiración masiva del documento de identidad tradicional en el país, la funcionaria señaló que este acontecimiento no se encuentra distante en el tiempo. “Hablamos seguramente de unos cuatro o cinco años, hasta que toda la población diga, ‘¿sabes qué? Ya venció mi DNI azul, amarillo, quiero obtener el DNI electrónico’”, indicó.
El DNIe gana terreno en el Perú: ¿Adiós al DNI azul y amarillo?
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Bajo el amparo del Artículo N° 45 del Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, el Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) es emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Este documento, más allá de su función primordial de acreditar la identidad personal de su poseedor, tiene la capacidad de validar electrónicamente dicha identidad, permitiendo así la firma digital de documentos electrónicos y la participación en el proceso de voto electrónico no presencial.
A diferencia de los certificados digitales ofrecidos por otras entidades, ya sean públicas o privadas, el certificado incorporado al DNIe se distingue por su facultad exclusiva de facilitar el ejercicio del voto electrónico, principalmente en instancias electorales donde la presencia física no es imperativa.
La normativa legal peruana impone una condición sine qua non: aquel que reciba un DNIe con certificados digitales debe formalizar un contrato con el Reniec. En este acuerdo se plasman los Términos de Uso y Aceptación del Certificado Digital. Además, se delimitan con precisión las responsabilidades y obligaciones inherentes al titular de los certificados digitales, estableciendo así un marco jurídico que regula el uso y la salvaguarda de esta herramienta tecnológica de vital importancia.
Escrito por hiperactivafm
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