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Noticias Nacionales

¿hasta cuándo va y a qué actividades comprende?

todayoctubre 28, 2025

Fondo


El Poder
Ejecutivo promulgó un decreto en el que extiende, para esta temporada de
turismo 2025-2026, la exoneración del impuesto al valor agregado (IVA) para
turistas no residentes
.

La norma modifica
un decreto del año pasado, bajo el gobierno de Luis Lacalle Pou, en la
que se exoneraba de IVA del 23 de octubre de ese año hasta el 30 de abril de
2025.

Así, el
actual gobierno entiende que “se mantiene la situación coyuntural de
los precios relativos
de bienes y servicios en la región”, por lo que “se
estima conveniente volver a otorgar dicho beneficio” a quienes visiten el país.
Se determinó, pues, que la nueva exoneración del IVA comience a regir desde el próximo
15 de noviembre y hasta el 30 de abril de 2026 inclusive.

Esto se hizo “con el fin de mejorar la competitividad de la
actividad turística durante la próxima temporada estival”, subraya el
documento.

De tal manera, de acuerdo con el decreto de 2024, la exoneración
aplica únicamente a visitantes no residentes de Uruguay que paguen con
tarjetas de débito o crédito
—emitidas en el exterior— o con
transferencia electrónica de fondos provenientes del exterior
.

A continuación, el listado de actividades turísticas que
estarán exentas de IVA en dichas circunstancias:

Servicios gastronómicos cuando sean prestados por
restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y
similares.

Servicios de alojamiento (hoteles, moteles, apart
hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas,
posadas de campo, casas de campo y camping hostels).

Servicios de catering para la realización de
fiestas y eventos.

Servicios para fiestas y eventos (no incluidos en
el inciso anterior).

Arrendamientos de vehículos sin chofer.





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Escrito por hiperactivafm


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