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Tras la crisis que afronta, la Ley 20.410, aprobada en julio de este año, busca asegurar la sostenibilidad a largo plazo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU). La norma introduce una serie de modificaciones que apuntan a reestructurar ingresos y gastos y mejorar los beneficios para aumentar
la cantidad de afiliados.
Además del sonado aporte directo del Estado para reforzar las finanzas del organismo, entre los principales cambios se encuentran un cambio en las escalas de aportes, nuevas reglas para compatibilizar jubilación y ejercicio profesional, mejoras en los subsidios por
maternidad, adopción e incapacidad.
Aportes más flexibles y escalas ajustadas
La ley establece dos nuevas escalas de sueldos fictos: una de 10 categorías, para quienes egresaron o habilitaron su título antes del 1.º de enero de 2026, y otra de 15 categorías, que aplicará a los nuevos profesionales a partir de esa fecha.
En esta última, los ascensos de categoría serán cada dos años (en lugar de tres), lo que suavizará el impacto de los aumentos en los aportes. Además, si la tasa de aportación sube, el afiliado podrá mantener su nivel de pago optando por una escala abatida prevista en la
norma.
Los profesionales nacidos después del 31 de diciembre de 1984 también podrán elegir ingresar a la carrera de 15 categorías desde 2026, aunque el cambio será irrevocable.
Jubilación sin dejar de trabajar
Otro cambio importante es que los afiliados que se jubilen con 70 años o más podrán seguir ejerciendo su profesión y aportar sobre el monto de su jubilación, aunque ese tiempo no se computará para reliquidaciones.
También se incorpora un incentivo para quienes decidan continuar activos: los afiliados de 65 años o más con al menos 30 años de servicio podrán seguir trabajando sin tener que realizar aportes.
Facilidades para retomar la actividad y menos gastos administrativos
La norma habilita a los profesionales que estén en situación de no ejercicio al 1.º de agosto de 2025 a reincorporarse a la Caja, aportando por la categoría en la que estaban o una inferior (no menor a la segunda de la escala de 10), dentro de los 180 días
siguientes.
Además, los afiliados podrán declarar ejercicio libre de la profesión por períodos mínimos de tres meses sin abonar gastos de administración, una facilidad pensada para quienes tienen actividad intermitente.
Más beneficios por maternidad, adopción e incapacidad
La nueva ley amplía y mejora los subsidios. En el caso de maternidad o adopción, se permite continuar trabajando mientras se percibe el beneficio, que se extiende de 90 a 98 días. En embarazos múltiples o nacimientos prematuros de bebés de menos de 1,5 kilos, el plazo
llega a 126 días.
El monto del subsidio también aumenta: ahora equivale al 100% del sueldo ficto de la categoría correspondiente.
En cuanto al subsidio por incapacidad temporal, se reduce de 30 a 15 días el mínimo de certificación médica exigido para cobrarlo, y puede prorrogarse hasta dos años. Además, el monto será del 70% del promedio de los sueldos fictos de los seis meses previos
si la incapacidad dura hasta 90 días, y del 100% a partir de ese plazo.
El Estado entra en escena
Por primera vez, el Estado aportará fondos para garantizar la sostenibilidad de la Caja. La ley prevé un desembolso de $ 1.308 millones hasta fines de 2025 y de unos $ 2.700 millones en 2026.
Además, de forma extraordinaria, se transferirán hasta $ 1.662 millones más entre 2025 y 2027.
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