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Noticias Nacionales

Qué dice la Constitución sobre ingreso a intendencias, y cómo quedaría de salir plebiscito

todayabril 10, 2024

Fondo


Montevideo Portal

El sector del Partido Colorado Ciudadanos anunció este
martes que impulsará un plebiscito para lograr incluir en la Constitución la
última propuesta presentada en el Senado por el exministro Adrián Peña,
fallecido en un accidente de tránsito el pasado 4 de abril.

El proyecto de ley impulsado por Peña no contó con el
apoyo del Partido Nacional el pasado 2 de abril en el pleno del Senado. Para
ser aprobado, el proyecto requería de una mayoría especial de dos tercios de la
Cámara, pero le faltó un voto. Contó con el apoyo de 20 de los 31 senadores
presentes, cuando necesitaba de 21 votos.

Sin embargo, tras una propuesta del politólogo Daniel
Chasquetti en una columna en La Diaria, el sector al que
pertenecía el legislador canario resolvió impulsar una reforma constitucional
para consagrar en la Carta Magna una mayor regulación para el ingreso de
funcionarios a las intendencias departamentales a través de concursos o sorteos
públicos.

Por su parte, el diputado Ope Pasquet informó que
ahora la propuesta será que el artículo que impulsó Peña se incluya como inciso
final del artículo 62 de la Constitución.

Pero para que esto ocurra, la iniciativa deberá ser
sometida a plebiscito en las próximas elecciones nacionales, no sin antes
contar con el apoyo (la firma) de dos quintos del total de componentes de la
Asamblea General, es decir, 52 legisladores (artículo 331 literal B de la
Constitución).

Este fue el mismo mecanismo utilizado por la coalición
de gobierno para impulsar un plebiscito sobre los allanamientos nocturnos, que
pretende impulsar una modificación en el artículo 11 de la Constitución.

¿Qué dice la Constitución?

El artículo 62 de la Constitución de la República
establece: “Los gobiernos departamentales sancionarán el estatuto para sus
funcionarios, ajustándose a las normas establecidas en los artículos
precedentes, y mientras no lo hagan regirán para ellos las disposiciones que la
ley establezca para los funcionarios públicos”.

Este artículo complementa el 61, que consagra: “Para
los funcionarios de carrera, el estatuto del funcionario establecerá las
condiciones de ingreso a la Administración, reglamentará el derecho a la
permanencia en el cargo, al ascenso, al descanso semanal y al régimen de
licencia anual y por enfermedad; las condiciones de la suspensión o del
traslado; sus obligaciones funcionales y los recursos administrativos contra
las resoluciones que los afecten”.

Sin embargo, el artículo 64 de la Carta Magna da la
posibilidad de que haya una excepción: “La ley, por dos tercios de votos del
total de componentes de cada Cámara, podrá establecer normas especiales que por
su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los
gobiernos departamentales y de todos los entes autónomos, o de algunos de
ellos, según los casos”.

La iniciativa presentada por Peña que no fue aprobada
en el Senado establecía en un artículo único lo siguiente: “Los ingresos y
ascensos de personal a los gobiernos departamentales deberán realizarse a
través de concursos públicos celebrados conforme a los principios de
publicidad, transparencia, igualdad de oportunidades y la justa ponderación
entre la capacidad técnica y los méritos y antecedentes de cada persona”.

“En su defecto, los ingresos de personal podrán
realizarse a través de sorteos públicos convocados y celebrados por los
gobiernos departamentales de acuerdo a los principios de publicidad,
transparencia e igualdad de oportunidades”, añadía.

No obstante, la posición del Partido Nacional,
defendida en particular por exintendentes del interior del país y por el
senador Sergio Botana, se amparaba en que el proyecto era inconstitucional,
debido a que violaba el artículo 62 de la Constitución, que establece autonomía
para los gobiernos departamentales en el ingreso de funcionarios.

La constitucionalidad para Peña

En diálogo con Montevideo Portal previo a su
fallecimiento, cuando el proyecto había sido aprobado en Comisión, Peña había
sostenido que para él la iniciativa era constitucional y así lo habían
manifestado en el Parlamento los abogados especializados Martín Risso y Jaime
Sapolinski, director del Instituto de Derecho Constitucional de la Facultad de
Derecho de la Universidad de la República.

En la misma línea, el dirigente se manifestó en la
sesión del 2 de abril de 2024, cuando el proyecto no fue aprobado.

“[El proyecto] básicamente refiere a la evolución que
ha habido a lo largo del tiempo entre el vínculo del Estado con sus empleados,
con los servidores públicos. Todos los modelos de función pública están sujetos
a cambios que permitan acompañar la evolución de la sociedad. Hay que
considerar el pensamiento de una sociedad en un tiempo y en lugar determinado.
Pero esto se trata de evolucionar en parámetros que tienen que ver con la
transparencia en la gestión pública. Tengo la absoluta convicción que los concursos
otorgan libertad. Este proyecto habla de dos principios básicos de nuestra
democracia: la igualdad y la libertad”, defendió Peña en el Senado su proyecto
de ley.

En esta línea, el entonces senador agregó: “La
igualdad porque tiene que tener el mismo derecho un ciudadano que otro, sin
importar el club o comité político que pisó. A su vez, ese funcionario debe
tener la libertad de desempeñar su tarea sin verse obligado a una función política
determinada. Es también una cuestión de dignidad para las personas que necesitan
trabajo y no tienen más remedio que recurrir al poder político de turno para
poder llegar a fin de mes”.

Con respecto a la constitucionalidad del proyecto,
Peña recordó que el Instituto de Derecho Constitucional de la Universidad de la
República presentó un informe y destacó el punto seis del documento.

“Podría concluirse que el ingreso de los funcionarios
de los gobiernos departamentales es un aspecto que corresponde al estatuto de los
funcionarios, de acuerdo al artículo 61. No obstante, decía el Instituto que es
posible que el legislador nacional regule por ley aspectos estatutarios
desplazando la regulación efectuada por el gobierno departamental. De conformidad,
con lo establecido por el artículo 64 de la Constitución”, señaló Peña, que
recordó la necesidad de la mayoría especial (de dos tercios) para aprobar el
proyecto de ley.

Según supo Montevideo Portal, en el Frente
Amplio todavía no hay una postura definitiva sobre si se apoyará el recurso
impulsado por Ciudadanos, mientras que en el Partido Colorado ya hubo voces
discordantes, como la del senador Germán Coutinho.

El diputado colorado Conrado Rodríguez, que apoya la
precandidatura de Gabriel Gurméndez, dijo a Montevideo Portal que está
analizando la propuesta, en particular por dudas que le genera la rigidez en
caso de que la normativa sea incluida en la Constitución, ya que pueden existir
casos excepcionales (como eventos climáticos).

Desde Cabildo Abierto, por su parte, dijeron que van a
apoyar la iniciativa del sector al que pertenecía Peña.

Montevideo Portal





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Escrito por hiperactivafm


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