Sábado 3 San Gregorio de Polanco Jornada descentralizada de Atención al Público y difusión e información sobre Monotributo Social Mides

Estas actividades tienen como objetivo acercar el Ministerio a aquellas personas que por distintos motivos no acceden a consultar en días y horarios de atención habituales.

El monotributo social Mides alcanza a quienes producen, comercializan bienes o prestan servicios, e integran hogares por debajo de la línea de pobreza o están en situación de vulnerabilidad social, requiriendo para su inscripción autorización previa del Mides.

Es un régimen especial para emprendimientos personales o asociativos al que pueden acceder las personas que integran hogares por debajo de la línea de pobreza o en situación de vulnerabilidad socioeconómica. Permite la inclusión en el sistema de seguridad social de sus integrantes, abonando únicamente un aporte reducido a BPS. El aporte se paga en forma progresiva comenzando con un 25 % del aporte total, pasando luego al 50 % y al 75 %. Recién después de transcurridos 36 meses de actividad se comienza a pagar el 100 % del aporte. 

Quienes tengan este tributo pueden desarrollar cualquier tipo de actividad de producción o venta de bienes y prestación de servicios, tanto para consumidores finales como para empresas u organismos del Estado. 

Se pueden desempeñar en todo el territorio nacional. 

El trámite se inicia en el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), que tiene a su cargo determinar si las personas cumplen con las condiciones socioeconómicas que lo habilitan a estar incluido en el régimen MSM. Luego deberá realizar la inscripción ante BPS o DGI en los siguientes lugares habilitados:

A través del servicio Inscribir empresas, habilitado para todas las inscripciones, excepto para titulares que cuenten con registro previo como contribuyente de DGI.

Pueden ser emprendimientos personales o asociativos y en todos los casos sin empleados. La cantidad máxima de integrantes para los emprendimientos asociativos o sociedades de hecho es de 5 integrantes.(*)

(*) Son emprendimientos asociativos los integrados por titular y cónyuge

Los requisitos que deben cumplir son: 

  • Ser la única actividad patronal (excepto si integran varios emprendimientos en el régimen del MSM).
  • No ocupar empleados.
  • La facturación anual no puede superar:
  •    $ 944.500 a enero/2022 para emprendimientos individuales.
  •    $ 1.574.166 a enero/2022 para emprendimientos asociativos. 

Tienen derecho a la cobertura médica a través de Fonasa. Tienen la posibilidad de optar por la cobertura médica a través de Fonasa, haciéndose cargo del respectivo pago adicional. Además:

  • Pueden optar titulares de emprendimientos personales y asociativos.
  • El beneficio alcanza al emprendedor, sus hijos menores a cargo o mayores con discapacidad y al cónyuge o concubino, sin cobertura dentro del sistema.

 



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